Aspectos clave para la presentación de la declaración anual de personas morales 2022
El próximo 3 de abril vence el plazo para que las personas morales que tributan en el régimen general de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio 2022 en la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Cabe señalar que el aplicativo ya incluye diversa información “precargada”, la cual se alimenta de las declaraciones mensuales presentadas por las propias personas morales; sin embargo, es necesario que los encargados de realizar la declaración anual revisen que la aplicación de deducciones, estímulos fiscales o acreditamientos que pudieran proceder, sea conforme a las disposiciones fiscales.
Es importante mencionar que entre los cambios más relevantes en el sistema del SAT, es que por primera vez, se solicitan estados financieros con comparativo de los ejercicios 2021 y 2022. Además, pide dos estados financieros adicionales: El de flujo de efectivo y el estado de variaciones en el capital. Sin duda, esta información representa una carga de trabajo adicional para los contribuyentes que no la tenían elaborada.
Finalmente, a decir de algunos contribuyentes que han presentado la declaración anual, esta nueva requisición, conlleva invertir más tiempo en su llenado, y en caso de que las cifras no coincidan, el sistema no deja avanzar.
C.P. Evelia Vargas Salinas
Socia fundadora y administradora
Clave Centro Ave, S.C.
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